Culpables de abuso sexual, esa es la conclusión de la sentencia de la Audiencia de Navarra que ha condenado a los cinco amigos sevillanos, conocidos por su apodo en WhatsApp como «La Manada», a nueve años de cárcel por un delito continuado de abuso sexual hacia la joven de 18 años que denunció la violación en los Sanfermines de 2.016. Según apuntan, no hay pruebas de que “los acusados ejercieran violencia ni intimidación sobre la víctima”.
Un Estado de Derecho se caracteriza por el cumplimiento y el respeto de las sentencias dictadas por los tribunales de Justicia, pero también existe el derecho a la discrepancia con las resoluciones judiciales recurriéndolas. Las sentencias son una decisión que legítimamente dicta el juez competente, juzgando de acuerdo con su opinión y según la ley o norma aplicable. Las sentencias están para cumplirse, y el Estado de Derecho por mandato Constitucional así lo exige a los ciudadanos y a las instituciones.
El derecho a la discrepancia no nos erige en jueces, todos tenemos derecho a opinar y a discrepar, pero si dejamos de creer en el sistema judicial, comienza la Ley del Talión. El buscar venganza, el querer legislar en caliente, el hablar de la prisión permanente revisable, el buscar casos como el de Marta, Diana, Mari Luz, Candela, Amaia, Ruth y José no puede hacernos equivocarnos como sociedad. No podemos dejar de creer en la justicia.
Las leyes están para cambiarlas, para adaptarlas a la evolución de la sociedad. No se puede aceptar que el fallo judicial hable de abuso sexual, cuando ha sido una violación. Porque si no hay consentimiento hay violación. Hay que tipificar el delito por el consentimiento y no por la violencia ejercida. No se puede hablar de abuso sexual porque a la victima no la han matado o está en peligro de muerte. No hay que medir el comportamiento de la victima y sí de los agresores.
La incoherencia entre los actos probados y la sentencia no la comprendo. No entiendo que uno de los tres magistrados de la Audiencia de Navarra, discrepe de la sentencia y pida la absolución de los acusados, porque sólo observa a cinco varones y una mujer practicando «actos sexuales en un ambiente de jolgorio y regocijo». Hay que dejar de cosificar a la mujeres y cambiar unos fallos judiciales basados en una jurisprudencia patriarcal y machista, que crean una imagen de impunidad a los violadores y de culpabilidad a la mujer. Es violación, no es abuso sexual porque si no hay consentimiento hay violación. Ahora, no vale olvidar hay que recurrir ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN), el Tribunal Supremo y donde haga falta para conseguir justicia.