La Constitución Española de 1978 no otorga al rey la condición de poder del Estado, le adjudica la titularidad de un órgano, como Jefe del Estado. España es una monarquía parlamentaria, pero el sistema de gobierno se basa en la soberanía nacional, la división de poderes (legislativo, ejecutivo y judicial) y un sistema parlamentario. Desde el momento en que el Rey presta juramento a la Constitución, para ser proclamado como Jefe del Estado, tiene la prerrogativa de su inviolabilidad en el Artículo 56.3: » La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad.» Mientras que sus actos estarán siempre refrendados en la forma establecida en el Artículo 64.1: «Los actos del Rey serán refrendados por el Presidente del Gobierno y, en su caso, por los Ministros competentes…»
Mientras la función del poder legislativo es legislar: elaborar y aprobar las leyes; la función del poder ejecutivo es ejecutar las leyes, es decir, hacer que se cumplan; y la del poder judicial, es vigilar el cumplimiento de las leyes, juzgar y actuar cuando se incumplen. El rey no tiene ningún poder, carece de legitimidad democrática al no estar sometido a controles políticos, no puede adoptar decisiones políticas, se limita a perfeccionar procedimientos y a cumplir la voluntad del Gobierno de España, que sí cuenta con la legitimidad democrática. Por lo tanto, los actos del rey siempre han de estar refrendados. A excepción de la propuesta y nombramiento del presidente del Gobierno, y la disolución de las Cámaras y consiguiente convocación de nuevas elecciones. Es una forma de delegación de responsabilidad, lo que le exime de toda responsabilidad.
Como todos los años, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) invitó al rey, al acto solemne de la entrega de despachos a la última promoción de la Escuela Judicial, el próximo viernes en Barcelona. En un primer momento Zarzuela confirmó la asistencia del rey, pero, posteriormente, se produjo una segunda comunicación, en la que el monarca finalmente no acudiría al acto de Barcelona. Según, la vicepresidenta del gobierno Carmen Calvo dijo que: «está muy bien tomada esa decisión», sin embargo por falta de transparencia, no dijo quien la había tomado, diciendo: «a quien corresponde».
A partir de ahí, comienzan los comentarios de la oposición, tachando de veto, humillación y como cesión a las fuerzas independentistas catalanas. El gobierno tiene el deber de proteger las instituciones, y la monarquía lo es. El Gobierno de España tiene todo el derecho de vetar la asistencia del rey, por los motivos que juzgue necesarios. Fue en abril de 2018 la última vez que Felipe VI presidió la entrega de despachos en Barcelona, una ceremonia blindada con fuertes medidas de seguridad, que no impidió la manifestación de un grupo de personas a las puertas del Auditori. La crispación política en Catalunya, esperando la inhabilitación del president de la Generalitat Quim Torra, no es el mejor escenario, para actos del rey. De todas formas lo menos importante es el enfado de la oposición y de los jueces, es la falta de transparencia por parte del Gobierno de España, de aclarar que todo acto del rey tiene que ser refrendado y este acto han considerado no hacerlo. Así de sencillo, porque el rey reina, pero no gobierna…