Cuando el PP habla de reducción de penas, estamos hablando de un acuerdo marco europeo que insta a contabilizar las condenas cumplidas en el extranjero, es decir poder descontar la condena ya cumplida en otro país si se trata de los mismos hechos juzgados en España. Todo viene a colación a la reforma de la Ley Orgánica 7/2014 sobre intercambio de antecedentes penales y consideración de resoluciones judiciales penales en la Unión Europea y la enmienda presentada por Sumar que permitiría que el tiempo de cárcel cumplido en otros países europeos, se pudiera descontar en España. Una reforma que el Congreso de los Diputados aprobó por unanimidad el 18 de septiembre, pero por lo visto fue una negligencia por parte del PP y Vox.
Se ha abierto la caja de Pandora, al darse cuenta la derecha que dicha aprobación podía suponer reducción de penas a etarras, aunque no son reducciones de condenas a terroristas ni afecta únicamente a presos etarras. Hasta ahora, no se tenían en cuenta los años de cárcel cumplidos en otro país para cumplir la pena en España. En 2014, el Gobierno de Mariano Rajoy introdujo incluir un límite temporal, y dejar fuera de la aplicación de esta normativa a los presos condenados antes del 25 de agosto de 2010, para, de esta manera, evitar la salida de etarras de la cárcel antes de lo previsto. Si la reforma sigue adelante, se evitaría el ser juzgado dos veces por los mismos hechos o dicho de otra manera: que tenga que cumplir los años de condena en el extranjero que no le cuenten en España.
Estamos hablando de Justicia, de Estado de Derecho, del Artículo 25 de la Constitución, de no vulnerar la legislación europea, de que un acusado de cometer un delito tras cumplir con la pena impuesta, se considera que el individuo ha pagado su deuda con la sociedad, sea terrorista, violador, ladrón… Si un terrorista ha sido condenado a un número determinado de años de cárcel, debe cumplir, como máximo y por ley, 30 años. Dicho computo será de 30 años en total, independientemente del tiempo que haya pasado en una prisión de la UE y en España. Es de puro sentido común, que si cumples años en un país de la UE por un delito, esos años cuenten en España.
¿ Por qué tanto escándalo ? ¿ Por qué siempre anteponer los sentimientos a la Ley ? Esta reforma pospuesta podría beneficiar hasta a 44 presos etarras que cumplen condena en Francia y que su pena se conmutaría al trasladarse a España, restando los que ya han pasado en la cárcel. Si pasados tres meses el Senado no vota la reforma, se aprobará de forma automática. España como miembro de la UE, sigue siendo soberano e independiente, pero ha decidido poner en común parte de su soberanía en diversos ámbitos, entre ellos: la Justicia.
Si es de puro sentido común, que si cumples años de condena por un delito en un país de la UE esos años cuenten en España. Y, que no se puede condenar dos veces por el mismo delito. No es una ley pensada en perdonar a presos etarras, es una ley para que a todos los presos que se les conceda un traslado a su país no tengan que cumplir su condena de cero y puedan convalidar de la pena los años ya cumplidos. Eso no es una reducción de penas, es implemente cumplir su pena.
No podemos admitir que las víctimas del terrorismo, piensen en Justicia con el odio hacia sus victimarios, evidenciando intolerancia. Si el terrorismo es llevado a cabo por fanáticos extremistas, violentos y totalitarios, sus víctimas no pueden caer en la intransigencia y dejar de creer en la Justicia. La tolerancia acaba con el odio, no con el recuerdo y quizás tampoco con el perdón,