El derecho a morir, es una decisión estrictamente personal, no entiendo que un padre paralice la eutanasia de su hija de 23 años. Que se politice el asunto, con la asociación ultracatólica Fundación Española de Abogados Cristianos, que en nombre del padre de la paciente han solicitado esta medida cautelar. Que al final una jueza estime tener dudas sobre que sus lesiones medulares sean «irreversibles» y que no ve un «padecimiento «grave, crónico e imposibilitante«, aunque previamente ha habido la aprobación del comité de médicos y de ética. La joven intentó suicidarse en octubre de 2022, saltando de un quinto piso hace dos años y desde entonces ha solicitado el derecho a morir dignamente, que estaba prevista para el 3 de agosto en el Hospital Residència Sant Camil, de Sant Pere de Ribes (Barcelona). El debate legal de este asunto, es si un padre, una pareja o quien sea, puede impedir algo que otra persona ha decidido libremente sobre su propia vida y ejerciendo un derecho individual.
¿ Por qué determinadas personas en situación terminal desean morir ? Es evidente, que puede haber distintos factores y razones de tipo personal, pero una primordial es el miedo a sufrir inútilmente. Las personas tenemos derecho a tomar decisiones fundamentales, en la cuestión de la eutanasia, como también en la interrupción voluntaria del embarazo, que el Estado debería respetar. El paciente es persona y en tanto que persona es un ser libre que debe poder decidir responsablemente sobre su situación, siempre en un marco de respeto a la dignidad de la persona. No podemos éticamente administrar al paciente una distanasia o muerte lenta terapéutica con mucho sufrimiento, porque prolongar la vida de un ser humano más allá de los limites proporcionados es una mala praxis médica y porque vulnera el derecho de la persona humana a morir dignamente.
Cuando hablamos de derecho a morir, de eutanasia, se mezclan diversos discursos: el médico, donde el ser humano es considerado en su vertiente corpórea y fisiológica; el jurídico, donde se trata de delimitar el marco legal de la praxis médica y de la ley; el teológico, donde la persona es considerada imagen y semejanza de Dios y la vida humana adquiere un valor absoluto; y el filosófico, que busca trata de aclarar los conceptos y buscar racionalidad. De los cuatro principios bioéticos que son beneficencia, no-maleficencia, autonomía y justicia, la eutanasia se relaciona directamente con tres principios: autonomía (significa lograr que los pacientes tengan claro su derecho y sus limitaciones para decidir y para consentir), no maleficencia (obligación de no infringir daño intencionadamente) y beneficencia (buscar el mayor beneficio posible para el paciente y procurar el bienestar a la persona enferma. Ello significa que es preciso hallar un equilibri0 entre la autonomía y la beneficencia, ni cayendo en una interpretación paternalista y exagerada del principio de beneficencia ni en una subestimación del principio de autonomía.
El derecho a morir dignamente implica respetar la posibilidad de ejercer nuestra libertad, es decir, de escoger nuestro itinerari0 vital y proyecto existencial. Todo ser humano, es por naturaleza, un ser abocado a la muerte y si decidimos por la eutanasia, es que nuestra calidad de vida, nuestra integridad corporal y mental espiritual no nos invita a seguir viviendo. Por eso, el verdadero protagonista de la situación es el paciente y su decisión debe respetarse a pesar de que sea distinta de la de la familia. No respetar la decisión del paciente y obstaculizar su decisión no es un acto de amor, es simplemente permitir que siga sufriendo.