Criterios de interpretación.
Como lego en derecho, me cuesta muchas veces entender los criterios de interpretación de las leyes. La interpretación siempre es necesaria, toda aplicación normativa implica una operación interpretativa. Primero los fiscales en el momento de presentar la petición de penas y después los jueces que a través de la interpretación de la ley dictan las sentencias. Hoy la Fiscalía del Tribunal Supremo y de la Audiencia Nacional han presentado, la petición de penas para los 18 líderes del proceso soberanista catalán, por un presunto delito de rebelión, que van desde los 25 años de cárcel y de inhabilitación absoluta para el exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras hasta la petición entre los 7 y los 16 años de cárcel para el resto de acusados. El Código Penal, en el Artículo 472 dice: "Son reos del delito de rebelión los que se alzaren violenta y públicamente...", es decir, tiene que haber un alzamiento público violento para poder proponer una…