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La cacofonía de la ley de amnistía.

La cacofonía es una combinación de palabras que resulta desagradable, ya sea por repetición o dificultad de pronunciación que dañan el enunciado o discurso y que puede dificultar su comprensión. Es como un sonido desagradable por la repetición innecesaria o inadecuada, desde antes hasta que el Congreso de los Diputados aprobó definitivamente la ley de amnistía, quedando a partir de ese momento en manos de los jueces. Se ha utilizado constantemente para describir una situación discordante, donde la ley de amnistía era para algunos “inmoral, ilegítima, corrupta e ilegal en Europa”. Una repetición excesiva y disonante, que puede acabar siendo una ley constitucional y conforme al derecho europeo, según el Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), Dean Spielmann.

La ley orgánica de amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña, más conocida como ley de amnistía, que entró en vigor el 11 de junio de 2024. Anula los procesos judiciales y las penas derivadas de los acontecimientos producidos en el marco del procés, por el que Catalunya quiso lograr la autodeterminación e independencia. La ley fija que los jueces debían dejar en libertad de manera inmediata a quienes estuvieran en prisión, levantar las medidas cautelares que pudieran existir y retirar las órdenes de retención que estuvieran vigentes.

El Abogado General de la UE, ha negado que sea una «autoamnistía», respalda su tramitación y la enmarca en el objetivo político “de normalización institucional y reconciliación”, el mismo que se planteó el Gobierno de España al hacer dicha ley de amnistía. En definitiva, ha respaldado en su mayoría el contenido de la ley, resaltando que algunas disposiciones pueden ser incompatibles con la tutela judicial efectiva, pero ninguna impide el perdón a los CDR o a extinguir la responsabilidad contable del 1-O.

Las conclusiones del Abogado general sobre la amnistía servirán para que el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) resuelva las cuestiones prejudiciales que le elevaron tanto el Tribunal de Cuentas como la Audiencia Nacional a la hora de aplicar los  procedimientos respectivos. Aunque, despeja con toda claridad que son los propios Estados los que tienen la competencia y descarta a la justicia europea sobre ello.

El Tribunal Supremo decidió no aplicar la amnistía y mantuvo la orden de detención contra Carles Puigdemont por el delito de malversación, interpretando que utilizó  fondos públicos para pagar los gastos del procés. La última decisión es del Tribunal Constitucional que tiene que decidir si continua con la orden de detención y que la amnistía no se pueda aplicar al delito de malversación. A lo que puede ayudar las conclusiones del Abogado de la UE.

Cuando se oye una cacofonía, algo cacofónico, cuando leemos algo tan repetitivo e hiperbólico, mostramos cansancio, desinterés e incluso rechazo. Estamos hartos de la utilización de una ley de amnistía que tenía como objetivo buscar la reconciliación social y la normalización política en Catalunya. Sí, el PP llega al poder podrá derogar la ley de amnistía, pero no será posible revertir los efectos jurídicos. ¿ Por qué tanto ruido, tanta cacofonía innecesaria ? Dejemos la repetición desagradable y utilización maniquea de una ley y busquemos nuevos temas para seguir avanzando.

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